Ya está en vigor la reforma del Impuesto de Sucesiones y Donaciones publicada en el DOGV el 23 de noviembre y que tiene efectos retroactivos desde el 28 de mayo de 2023.
Esta norma plantea las siguientes novedades todas ellas encaminadas a reducir la carga fiscal en operaciones sucesorias en el ámbito familiar:
1.- Una reducción de 100.000 euros (hasta un máximo 156.000 para el caso de menores de edad) por cada receptor en el caso de operaciones inter vivos o mortis causa. Ahora es aplicable también a los cónyuges y a los nietos/abuelos.
2.- Además, se amplía del 50% al 99% la reducción de la cuota. También alcanza a cónyuges, padres, adoptantes, hijos o adoptados del donante.
Es decir, un abuelo puede donar hasta 100.000 euros a su hijo y hasta 100.000 a su nieto sin pagar el impuesto. Eso sí, deberá cumplimentar los trámites que la Ley prevé.
Por otro lado, en una herencia la reducción de la cuota tributaria es del 99% en lugar del 50% vigente hasta ahora.
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