Desde finales del pasado 2024 y primeros del presente 2025, se está procediendo a la regularización de las bases de cotización de todas aquellas personas pertenecientes al Régimen Especial para los Trabajadores Autónomos (RETA) que hubieran estado de alta en el año 2023. El proceso de regularización se iba a desarrollar en tres fases dependiendo de si había sobre-cotización, cotización correcta o Infra-cotización. Comenzó a primeros del pasado mes de diciembre, cuando la Tesorería General de la Seguridad Social remitió las primeras circulares a los autónomos (trámite de audiencia sobre base de cotización definitiva del año 2023 como persona trabajadora autónoma) destinadas a aquellas personas que, una vez comprobado y depurado el nivel de ingresos correspondientes a dicho año, observaba la Administración que habían cotizado por encima de sus posibilidades. En este caso, se daba la opción a los autónomos a, o bien acogerse a la nueva base propuesta devolviéndole la Tesorería el exceso de cotización al interesado, o bien acogerse de forma extraordinaria a la base que tuviera en diciembre del 2022 si esta era superior a la propuesta.
Lo que en principio debería ser un trámite rutinario, pues deriva de ingresos determinados en la declaración de la renta individual, datos objetivos, declarados y de fácil acceso para la Tesorería General de la Seguridad Social, hemos podido constatar que no lo son en absoluto. Aun desconociendo el mecanismo operado para la adquisición de dichos datos, en no pocos casos la información tenida en consideración en dicho trámite de audiencia dista mucho de la realidad efectivamente declarada por el interesado, proponiendo un cambio de bases y cuotas de cotización con afectación a todos los niveles totalmente erróneo e inexacto. Estas discrepancias deben ser puestas en conocimiento de la Administración a fin de aclarar y exigir la correcta cotización del autónomo.
En la segunda fase, los escritos, que se están recibiendo actualmente, constatan la correcta cotización del año 2023. La tercera y última remesa de cartas indicará qué autónomos han cotizado por debajo del nivel de ingresos y deberán actualizar las correspondientes bases de cotización regularizadas con el abono de las diferencias generadas.
En todo caso, pero inevitablemente en el primer y último (sobre-cotización e Infra-cotización) se deben repasar exhaustivamente los datos indicados por la Administración con los datos reales de la persona afectada. Pues no es descabellado afirmar que la realidad de la Administración diste mucho de la realidad del administrado.
Si recibes alguna de estas cartas, consúltanos lo antes posible y analizaremos tu caso.