Las especificaciones normativas y técnicas del Suministro Inmediato de Información (SII) del IVA entrarán en vigor el próximo 1 de julio de 2018. Así, el proyecto de orden que modifica la orden, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT, entrará en vigor en julio del próximo año y no el 1 de enero de 2018 inicialmente previsto.
Las empresas contarán con seis meses más de plazo para acomodar sus sistemas. Se trata de cambios de carácter técnico que conllevan retoques informáticos para las empresas, por lo que Hacienda ha dado un mayor margen de tiempo para que las compañías acomoden sus sistemas. En concreto, se añade el NIF de la entidad sucesora en la identificación de la factura para identificar los registros de facturación realizados por una entidad en su condición de sucesora de otra entidad por operaciones de reestructuración societaria.
Asimismo, se añade una nueva clave de factura en el libro registro de facturas recibidas, denominada “LC”: “Aduana – Liquidación Complementaria”, así como dos marcas para identificar, dentro de las claves propias de facturas completas a las facturas simplificadas “cualificadas” y dentro de las claves de facturas simplificadas a las facturas completas en las que no es obligatorio identificar al destinatario.
A su vez, se añade en el Libro registro de facturas expedidas una marca para identificar aquellas facturas expedidas por terceros de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional tercera y sexta de la norma de 2012, junto a una nueva clave de medio de cobro y pago de las operaciones acogidas o afectadas por el régimen especial del criterio de caja del IVA para identificar aquellos cobros y pagos que se instrumenten mediante ordenes de domiciliación bancaria. También se incluye una disposición adicional segunda para determinar que aquellos sujetos pasivos que queden obligados al SII en el curso del ejercicio deben remitir los registros de facturación correspondientes al periodo de tiempo del ejercicio anterior a su inclusión. En consecuencia, la clave “primer semestre 2017” pasa a denominarse “primer semestre 2017 y otras facturas anteriores a la inclusión en el SII”.
Otros cambios que se incorporan son un campo adicional de contenido libre denominado “referencia externa” con el objetivo de que puedan añadir información interna de la empresa asociada al registro de la factura. También se permite el desglose del importe exento en función de las distintas causas de exención que pasan a ser compatibles. Cuando una factura tenga más de 15 NRC se enviará un XML específico con el resto de datos de los inmuebles. Por último, se renombran algunas etiquetas para ofrecer mayor claridad y precisión jurídica en las denominaciones: periodo de liquidación, facturación por terceros o por el destinatario e importe de transmisiones de inmuebles sujetos a IVA.