El Consejo de Ministros ha aprobado un Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación. Esta nueva regulación superaría el modelo de mediación establecido actualmente de carácter exclusivamente voluntario, por el denominado de ‘obligatoriedad mitigada’ que obliga a los litigantes a asistir a una sesión informativa y exploratoria en los seis meses previos a la interposición de la demanda en ciertas materias.
La sesión será dirigida por un mediador y estará destinada a estudiar el asunto objeto de controversia y el posicionamiento inicial de las partes, que recibirán información del procedimiento, del modo de actuación en caso de continuar la mediación y de sus ventajas frente a la vía judicial en cuanto a ahorro de tiempo y costes. La intención es establecer la obligación de intentar que la mediación se promueva en los casos civiles más comunes (reclamaciones de pequeñas cantidades, herencias o asuntos familiares).
Se implantará también una mediación intrajudicial. Y se llevará a cabo cuando el juez o tribunal consideren, tras estudiar el caso, que la alternativa al juicio puede resultar más satisfactoria para las partes, siempre que no se hubiera intentado producir la mediación antes del inicio del proceso.
Este Anteproyecto de Ley de Impulso incluye reformas en tres normal: la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, para incorporar la mediación entre sus servicios.
Entrará en vigor a los tres años de ser publicado en el Boletín Oficial del Estado, dejando tiempo para la adaptación reglamentaria y fomentar la presencia del mediador en los partidos judiciales.