Reforma de la ley sobre los contratos agrarios, para exigencia de la forma escrita y la creación del Registro de Operadores, Contratos y Relaciones Jurídicas Agrarias.
El pasado 28 de febrero se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 2/2019 de reforma de la Ley 3/2013, que regula los contratos y relaciones jurídicas agrarias.
La Ley trata de reforzar la prohibición de la llamada “Venta a resultas”, argumentando que la parte productora es la más débil del trato de compraventa, por lo que la parte compradora presiona con los precios, que pueden llegar a estar por debajo del corte de producción.
Se señala que en el contrato deberán figurar, entre otras cuestiones, la fecha del documento, la fecha del pago, la cantidad calculada o pactada, el precio y la fecha límite de recolección o cosecha del producto. Para la validez del pacto de aplazamiento del pago del precio acordado, necesariamente tendrá que aparecer dicha circunstancia en el contrato, así como la fecha del pago, que no podrá ser posterior a 30 días después de firmarlo.
Estos contratos de compraventa, necesariamente formalizados por escrito, se emitirán como mínimo por triplicado. Un ejemplar para cada una de las partes, y el tercer ejemplar para el Registro de Operadores, Contratos y otras Relaciones Jurídicas Agrarias. Además, la formalización del contrato deberá realizarse antes del inicio de las prestaciones que tengan en del su origen.
Este Registro de Operadores, Contratos y otras Relaciones Jurídicas Agrarias, que aun debe crearse, en todo caso será público y obligatorio en el caso de los operadores, que deberán registrar en él todos los contratos regulados en esta Ley.
Los contratos deberán conservarse por las partes durante un período de cinco años. Las facultades de inspección corresponderán a los inspectores de la Conselleria competente en materia de agricultura. Se regula un capítulo de infracciones y sanciones de hasta un millón de euros para los incumplimientos más graves de la Ley.
En el plazo máximo de 18 meses el Consell deberá aprobar las normas reglamentarias necesarias para su desarrollo. La Ley fue publicada en el DOGV de 8 de febrero de 2019.