La Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo, extendió la aplicación del Sistema RED a nuevos colectivos, fundamentalmente de trabajadores por cuenta propia o autónomos. La Orden habilitó un período transitorio de adaptación de seis meses, por lo que la obligación de gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas en el RETA será efectiva a partir del día 1 de octubre de 2018.

Por otro lado, también se incorpora, como nueva actuación a transmitir mediante Sistema RED, la comunicación, por parte de las empresas, de la fecha de inicio de la suspensión del contrato de trabajo o del correspondiente permiso, a efectos de tramitar las prestaciones por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, así como de las reducciones de jornada de trabajo de los progenitores, adoptantes o acogedores, a efectos de tramitar la prestación de cuidado de menores afectados por cáncer y otra enfermedad grave, de las que sean beneficiarios los trabajadores por cuenta ajena o asimilados.

 A partir del 1 de octubre, los autónomos deberán gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas. También la recepción de notificaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, mediante la SEDESS.

 El autónomo podrá llevar a cabo sus gestiones a través del Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos) –el autorizado RED actuará en representación del autónomo-; y la SEDESS (Sede Electrónica de Seguridad Social, en la que el trabajador por cuenta propia podrá realizar directamente sus trámites con la TGSS, con la ayuda de servicios electrónicos.

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