La Secretaría del Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, ha convocado, este mes, ayudas para el abandono de la actividad para los transportistas autónomos por carretera.

 Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre (B.O.E. 30 de noviembre), modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 noviembre (B.O.E. 1 de enero de 2013) y por la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero (B.O.E. de 2 de febrero).

La cuantía máxima será 9.330.000 € distribuidos entre un importe máximo de 9.180.000 € repartidos entre los beneficiarios resultantes recogidos en la Resolución de otorgamiento, y un importe máximo de 150.000 € para pagar los potenciales recursos estimatorios interpuestos contra dicha Resolución.

Plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Debe realizarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Fomento. El plazo para resolver y publicar la resolución será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Se dará preferencia a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista; en cuanto a los demás beneficiarios se elaborará una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad. Las ayudas se otorgarán a los que ocupen los primeros lugares en la relación de beneficiarios así elaborada.

Extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias )