Resumen sobre la convocatoria y bases reguladoras para la concesión de ayudas para impulsar el empleo en la ciudad de Castelló de la Plana, por parte del Ayuntamiento de Castelló de la Plana, incluidas en el Plan Castelló-Contrata.

 

En esta convocatoria, resultará subvencionable el fomento de la contratación laboral, por parte de las entidades beneficiarias descritas en las bases de la misma, y cuyo domicilio fiscal o social, o centro de trabajo esté ubicado en la Ciudad de Castelló de la Plana, reúna los requisitos exigidos.

 

El período subvencionable será comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 31 de marzo de 2021, ambos incluidos.

 

Ayudas:

  • CONTRATACIÓN LABORAL.

Para las nuevas contrataciones realizadas, modificación contractual con incremento de jornada laboral o renovación de contrato laboral, con una duración mínima de 6 meses a contar desde el 14 de marzo, inclusive, las cuantías serán:

-2.950 euros, si la modalidad de la contratación es a jornada completa.

-1.375 euros, si la modalidad de la contratación es a jornada parcial, igual o superior a 20 horas a la semana.

 

  • PLAN DE RECUPERACIÓN DE TALENTO.

Para nuevas contrataciones laborales de profesionales cualificados vinculados a Castelló, que residiendo fuera de nuestra Comunidad Autónoma o en el extranjero quieran retornar, la cuantía máxima será de 15.000 euros. La duración del contrato será, al menos, de 18 meses a jornada completa.

 

Todo ello hasta agotar el presupuesto existente, resolviéndose por orden de entrada de las solicitudes con expediente completo.

 

Beneficiarios:

En el caso de la modalidad de CONTRATACIÓN LABORAL:

Personas autónomas, entidades de economía social, microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores cualquiera que sea su forma jurídica y cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo esté ubicado en la ciudad de Castelló de la Plana y que reúnan los requisitos.

 

En el de la modalidad de PLAN DE RECUPERACIÓN DEL TALENTO:

Empresas o entidades cualquiera que sea su forma jurídica cuyo domicilio fiscal o social, o cuyo centro de trabajo esté ubicado en la ciudad de Castelló de la Plana, y que reúna el resto de requisitos, para la contratación de profesionales cualificados durante un plazo mínimo de 18 meses.

 

Requisitos de los beneficiarios:

  • Estar legalmente constituidas antes de la fecha en que se solicite la concesión de la subvención y formalmente inscritas en el Registro.
  • Tener el domicilio social o fiscal en Castelló de la Plana.
  • Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la Hacienda Autonómica, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social.
  • Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Castelló de la Plana y por el Consorcio Pacto Local por el Empleo de Castelló.
  • No encontrarse en procedimiento de reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento.

 

En caso de que la relación laboral finalice antes de la duración mínima de 6 meses, los beneficiarios deberán presentar, en el plazo máximo de 7 días hábiles, desde la rescisión del contrato, un informe detallando los motivos.

 

Requisitos de las personas retornadas:

  • Que estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad.
  • Que hayan residido o trabajado en el extranjero o fuera de nuestra CCAA durante un período de, al menos, 6 meses.
  • Disponer de un perfil adecuado para el desarrollo del nuevo proyecto o ampliación a que se refiere la solicitud.
  • Que tenga vinculación con Castelló, de alguna de estas formas:
    • Haber obtenido la titulación oficial en alguna de las facultades o escuelas universitarias, o centros de formación, ubicados en Castelló.
    • Haber nacido en Castelló.
    • Estar empadronado/a en Castelló, un mínimo de 5 años.
    • Tener parentesco en primer grado de consanguinidad o afinidad con la persona con alguna persona que cumpla alguno de los requisitos anteriores.

 

No se tendrá en cuenta a las personas trasladadas al extranjero de manera temporal para completar estudios o aprender idiomas.

 

Requisitos de la contratación laboral:

  • En caso de no estar formalizado el contrato en el momento de solicitar la subvención, la empresa contratante deberá presentar en el plazo de 15 días, desde la resolución de la subvención, la firma del mismo.
  • Las nuevas contrataciones deben suponer un incremento neto del empleo fijo de la empresa con relación a plantilla en los treinta días anteriores a esta contratación.
  • Las personas contratadas están empadronadas en Castelló en el momento de la firma del contrato.

 

Cada entidad beneficiaria solo podrá presentar una única solicitud de subvención para una nueva contratación, una modificación contractual con incremento de jornada laboral o una renovación de contrato laboral.

 

Exclusiones e incompatibilidades:

  • Contrataciones cuya duración sea inferior a 6 meses, o cuya jornada laboral sea inferior a 20 horas semanales; y en el caso de acogerse a la línea de Recuperación del Talento, contrataciones inferiores a 18 meses.
  • Contrataciones realizadas por las empresas de trabajo temporal para la puesta a disposición de la persona trabajadora en empresas usuarias en las que prestarán sus servicios.
  • Contrataciones realizadas por empresas que hubieran sido excluidas como beneficiarias de programas de empleo.
  • Contrataciones realizadas por empresas que en el año 2020 hubieran realizado extinciones de contratos en virtud de despido colectivo; o que hubieran realizado extinciones de contratos por causas disciplinarias u objetivas declaradas improcedentes en 2020, mediante sentencia judicial firma o laudo arbitral.
  • Contrataciones en que el/la empleador/a o cargos directivos mantengan con la persona trabajadora contratada una relación de cónyuge, pareja de hecho, ascendiente o descendiente hasta primer grado.
  • Contrataciones por empresas que no respeten el principio de igualdad de oportunidades.

 

Plazo:

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 30 de septiembre de 2020, inclusive, mediante vía telemática.