Sentencias: El testamento a favor del cónyuge no es válido si en el momento de la apertura de la sucesión ya se había producido el divorcio
El Tribunal Supremo, en una sentencia dictada el pasado mes de septiembre, estudió un caso que se produce en numerosas ocasiones, es decir, que se instituya como heredero al cónyuge, del que después se haya divorciado, y fallecer sin haber revocado el testamento. Según el artículo 767 del Código Civil, la institución de heredero deberá considerarse como no escrita cuando exista una causa falsa o sea contraria a derecho aunque la causa sea verdadera. En el caso de esta sentencia,…