Para exigir la custodia segura de las contraseñas, la empresa debe ofrecer un medio para ello.
El TSJ de Castilla y León declaró improcedente el despido de una trabajadora que tenía anotadas sus contraseñas en una carpeta y un compañero las utilizaba sin su consentimiento. La empresa no facilitó un lugar seguro para la custodia de dicha clave. La carta de despido afirma que la trabajadora permitió el uso de sus claves a un compañero quien, utilizando el usuario y contraseña de la empleada, accedió al sistema y realizó diversas operaciones. Dicho compañero accedió en más…