AYUDAS PROGRAMA I.
·PERSONAS, ENTIDADES Y EMPRESAS BENEFICIARIAS.
Las empresas turísticas, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, incluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, que estén inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana a fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 6.1 de esta resolución, formen parte de alguno de los siguientes colectivos:
a) Titulares de establecimientos de alojamiento turístico inscritos en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.
b) Titulares de agencias de viajes inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.
c) Empresas de turismo activo inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.
Empresas, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, incluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, que a fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 6.1 de esta resolución, estén adheridas a alguno de los siguientes Programas:
– Creaturisme
– L’Exquisit Mediterrani
O bien dispongan, a fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 6.1 de esta resolución, del distintivo «Compromiso con la Calidad Turística» por su participación en el Programa:
– SICTED CV
·GASTOS SUBVENCIONABLES.
Actuaciones subvencionables:
I. Cada solicitante podrá presentar una solicitud para un único proyecto relativo a uno o varios de los siguientes ámbitos: mejora de la digitalización, ciberseguridad y automatización de procesos, servicios y/o productos, promoción y publicidad (físico y digital), comercialización y puesta en mercado de productos y/o servicios turísticos experienciales y sostenibilidad y gamificación.
II. El proyecto a subvencionar deberá realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
Ejemplos de gastos subvencionables:
-Marketing, comercio y facturación electrónica: exclusivamente licencias de servicios digitales que mejoren las páginas web, el posicionamiento, licencias de canales de distribución, de fidelización, de branding, de segmentación de mercados, etc.
-Obtención, mantenimiento o renovación de certificados de gestión de la calidad, medioambiental y/o accesibilidad integral reconocidos por el Programa Qualitur de Turisme Comunitat Valenciana y se basen en normas ISO / UNE.
-Costes relativos a la planificación y la compra de medios y espacios publicitarios (anuncios en televisión, medios escritos, radio, medios online y campañas en buscadores y redes sociales) de las campañas de publicidad de cualquier ámbito.
-La elaboración y diseño de folletos, catálogos, carteles, vallas, pancartas y otros grandes formatos que formen parte de las campañas de publicidad o como soportes singulares de difusión, al menos, en un idioma extranjero e incluyan el distintivo de Turisme Comunitat Valenciana en su portada.
-Costes relativos a la creación o la actualización de páginas web u otros productos digitales.
-Publicidad en meta buscadores y marketplaces.
-Participación en ferias, acciones promocionales y misiones comerciales, así como su organización.
·GASTOS SUBVENCIONABLES.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 9:00 horas del 15 de mayo de 2023 y finalizará a las 23:59.59 horas del 2 de junio de 2023.
El importe máximo de ayuda global por persona o entidad beneficiaria de los programas de esta resolución será de 100.000 euros.
La presentación de la solicitud y de la documentación a aportar con esta para la obtención de la ayuda se realizará obligatoriamente de forma electrónica, conforme establece el apartado 3, letra n, del artículo 5 del Decreto 4/2017, de 31 de marzo, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas al turismo de la Comunitat Valenciana (DOGV 8014, 04.04.2017), decreto modificado por el Decreto 6/2023, de 26 de abril, del president de la Generalitat (DOGV 9588, 04.05.2023)Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento distinto al descrito en la convocatoria será inadmitida.
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