La base de cotización mínima de los trabajadores autónomos es de 893,10 euros en 2017, la misma que en el año anterior, según la orden de cotización a la Seguridad Social publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE) que ha confirmado la cuantía de la cuota que se ha cobrado a casi dos millones de autónomos (sin asalariados) desde el inicio del año.
Las bases mínimas del Régimen General, por el que cotizan más de ocho de cada diez afiliados, queda entre los 27,52 euros al día de los grupos 8 al 11 de cotización y los 1.152,90 del grupo 1, tras incrementarse un 8% respecto a las de 2016. A las bases máximas se les aplica una subida del 3% y quedan fijadas tanto para el régimen general como para el de autónomos en 3.751,20 euros mensuales. Las bases mínimas de cerca del millón de autónomos que en algún momento de 2016 tuvieron contratados a su servicio a un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a 10 trabajadores subirán un 8% hasta los 1.152,90 euros mensuales, lo mismo que se incrementan las bases mínimas del régimen general.
Esta orden de cotización precisa también los límites de las aportaciones de los trabajadores autónomos para evitar el efecto ‘compra de la pensión’ en los últimos años de la vida laboral de este colectivo. De este modo, fija que solo autónomos que a 1 de enero de 2017 sean menores de 47 años podrán elegir su base de cotización entre la base mínima de 893,10 euros y la máxima de 3.751,20 euros al mes. También tendrán estos topes máximo y mínimo aquellos que tengan ya 47 años y su base de cotización en el mes de diciembre de 2016 haya sido igual o superior a 1.964, 70 euros mensuales o causen alta en este régimen especial.
Los trabajadores que a 1 de enero de 2017, tengan 47 años, si su base de cotización fuera inferior a 1.964,70 euros mensuales no podrán elegir una base de cuantía superior a 1.964,70 euros mensuales, salvo que ejerciten su opción de elevar su base por encima de esa cantidad antes del 30 de junio de 2017. Además, las bases de cotización de los que tengan 48 o más años desde el pasado 1 de enero tendrán una base de cotización comprendida entre 963,30 euros y 1.964,70 euros mensuales.