La Directiva Europea 2011/82/UE permite imputar responsabilidad por las multas de tráfico cometidas en el extranjero mediante el intercambio de información entre los países miembros. Así, si hace unos años al cometer una infracción fuera de España resultaba más complicado recibir la notificación correspondiente en el domicilio, actualmente la responsabilidad en la sanción es efectiva, sin embargo el conductor conserva los puntos del carné.
Las multas por infracciones de tráfico cometidas en otro país de la Unión Europea pueden ser por exceso de velocidad, no llevar puesto el cinturón, conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas, conducir una motocicleta sin casco o hacerlo por un carril prohibido.
En el reparto de responsabilidades no entran países como el Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, que no participan en este intercambio de datos. Simplemente con la matrícula se puede localizar a un conductor o propietario de un vehículo de otra nacionalidad que ha cometido la infracción y comunicarle por escrito la sanción.
Antes de conducir en el extranjero, la Dirección General de Tráfico recomienda informarse de los límites de velocidad de cada uno de los países por los que el conductor va a circular. Bélgica, Finlandia y Portugal comparten el límite de 120 km/h de España para circular por autopistas o autovías. En otros países como Alemania, Austria, Eslovenia, Francia, Grecia o Luxemburgo el límite está situado en 130 km/h. Sin embargo, en Estonia, la velocidad está limitada a tan solo 90 km/h en este tipo de vías. En cualquier caso, seremos responsables de las sanciones, debido a la legislación europea, pero no perderemos puntos.
La DGT puede solicitar los datos del vehículo y de su titular o arrendatario. Para ello deberán acreditar que ha cometido una infracción por escrito, para enviarle por escrito la notificación. En caso de infracción, se aplicará la legislación vigente en cada país. La DGT recomienda esta web para repasar las carreteras del país a visitar.
http://ec.europa.eu/transport/road_safety/going_abroad/index_es.htm#