Casi 50.000 empresas de un total de 54.000 contribuyentes que conforman el censo del Suministro Inmediato de Información del IVA (SII) se han incorporado al sistema. Así. más del 90% de los obligados al SII informan ya a la Agencia Tributaria en tiempo prácticamente real de sus transacciones comerciales con proveedores y clientes. El importe global de las facturas incorporadas al SII supera los 630.000 millones de euros.
A comienzos de octubre, eran ya más de 700 millones las facturas expedidas y recibidas sobre las que se había remitido información a través del SII por parte de un colectivo de grandes empresas, grupos societarios a efectos del IVA y entidades inscritas en el régimen de devolución mensual del impuesto (‘Redeme’). Una cifra que representa el 75% de la facturación total de los contribuyentes de IVA en España, a falta de que se incorpore la totalidad de contribuyentes pertenecientes al censo formado por más de 54.000 contribuyentes.
Como consecuencia de la puesta en marcha del SII se han acelerado ya las devoluciones de IVA a los contribuyentes acogidos que no han presentado incidencias. A su vez, se ha remitido una carta informativa a los contribuyentes del censo que no han incorporado la información requerida a través del SII, o lo han hecho de manera muy insuficiente. Estas actuaciones por el momento no suponen el inicio de ningún procedimiento sancionador, a la espera de que se concrete la modificación reglamentaria que recogerá el procedimiento aplicable a los incumplimientos del SII.
Los contribuyentes incluidos en el SII ya pueden comprobar en la web de la Agencia si sus facturas coinciden con lo declarado por clientes y proveedores, y antes de final de año también podrán revisar si les falta por informar sobre operaciones de las que sí han informado esos clientes y proveedores. Más adelante la AEAT integrará la información declarada por el contribuyente y la recibida de sus proveedores y clientes, y desarrollará una herramienta para incorporar esta información en la propia declaración del IVA.
Ventajas del sistema
– Se facilita el cumplimiento voluntario: en la sede electrónica de la AEAT el contribuyente dispone de un libro registro “declarado” y otro “contrastado” con la información procedente de terceros incluidos en el SII. Esta información permite reducir errores en el cumplimiento de las obligaciones formales y en la elaboración de las propias declaraciones.
– Reducción de cargas indirectas: se reducen las obligaciones formales, al suprimirse la obligación de presentación de las declaraciones informativas correspondientes a los modelos 347 (información de terceros), 340 (operaciones en libros registro) y 390 (resumen anual del IVA).
– Mayor plazo para las liquidaciones de IVA: se amplía en diez días el plazo de presentación de las autoliquidaciones periódicas.
– Mejora en la gestión del IVA: la incorporación al SII permite a las empresas reforzar sus procesos internos de contabilidad y facturación.
– Comprobación más selectiva y rápida: al obtener la información de las operaciones prácticamente en tiempo real, la Agencia Tributaria puede anticipar la comprobación, agilizando, por tanto, el control y las devoluciones del impuesto. Está agilización será más acentuada cuando el cliente y el proveedor pertenezcan al colectivo de este sistema, ya que la información de las operaciones entre ambos nace ya cruzada.