Acuerdo de 4 de noviembre de 2024, del Consell, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.
> Se ha aprobado un decreto del Consell de concesión de ayudas directas y urgentes a persona físicas que tengan a su disposición una vivienda situada en alguno de los municipios afectados por el temporal, cuyo contenido haya resultado gravemente dañado, para hacer frente a la pérdida de bienes y enseres de primera necesidad. El importe de la ayuda alcanzará un máximo de 6.000 euros por vivienda afectada. En el siguiente punto desarrollamos más información acerca de dicho decreto y del procedimiento para solicitar la ayuda.
>Se ha aprobado un decreto del Consell de concesión de ayudas urgentes a los municipios afectados que realicen gastos extraordinarios para paliar los efectos del temporal y garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales e imprescindibles para la vida y la seguridad de las personas. En el punto 3 desarrollamos más información acerca de dicho decreto.
>Se pondrán en marcha con urgencia medidas destinadas a impulsar la recuperación de las áreas afectadas por el temporal, incluyendo las siguientes:
-Ayudas a personas físicas cuya vivienda habitual haya quedado destruida o con daños que afecten a su estructura.
-Concesión de ayudas a particulares por pérdida o daños graves en su vehículo que sean consecuencia directa del temporal.
-Ayudas a empresas y a trabajadoras y trabajadores autónomos para reparar los daños que se hayan producido en edificaciones, infraestructuras, instalaciones y cualquier tipo de bienes afectos a su actividad.
-Ayudas a comunidades de regantes y otras entidades de riego, y a explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas, por los daños en infraestructuras y los gastos necesarios para recuperar la capacidad productiva de las explotaciones.
*Estas ayudas se limitarán a los daños producidos por el temporal que no estén cubiertos por contratos de seguro en vigor.
-Ayudas a ayuntamientos para reparar los daños causados por el temporal en infraestructuras y bienes de titularidad municipal.
>El Consell pondrá en marcha un conjunto de medidas extraordinarias de ayudas en el que, con carácter adicional a las ayudas antes reseñadas, incorporará, entre otras, las siguientes:
-Ayudas fiscales: deducciones fiscales para las personas físicas afectadas de un importe mínimo de 2000€ por IRPF. Asimismo, habilitará líneas de crédito por el IVF a tipo 0 para la rehabilitación o reconstrucción de la vivienda habitual.
-La conselleria competente facilitará la reubicación de personas dependientes (o con servicio de tele dependencia), en una ubicación más próxima al entorno familiar de la persona dependiente; asimismo asumirá la asistencia psicológica que requieran las personas afectadas.
-Ayudas en materia de transporte: en aquellos transportes cuya competencia sea de la Generalitat, se facilitarán gratuitamente durante un año las tarjetas de ATMV y FGV.
Este acuerdo carece por sí mismo de efectos económicos. Los efectos que de él se deriven serán acordados por el Consell mediante la aprobación de decretos.