Estimado cliente:
Primeramente, recordarles que seguimos estando a su lado, intentando atenderles de la mejor forma posible, y esperamos que todos juntos, podamos terminar con el actual estado de alarma.
Para los contribuyentes que tributan en el sistema de módulos, la AEAT, ha publicado dos nuevas medidas importantes:
La primera, no se computan como días ejercidos de la actividad, los días naturales del trimestre en los que hubiera existido el estado de alarma. En principio parece que sea para todas las actividades en Módulos. En el primer trimestre la diferencia es muy pequeña, por lo que lo regularizaremos en el cuarto trimestre, pagando de menos esos días. El segundo trimestre, lo presentaremos descontando los días que dure el estado de alarma.
La segunda medida, nos da la opción, de poder tributar por la diferencia entre nuestros ingresos reales (facturas de ingresos, tiques de caja) y los gastos que hemos tenido (compras, personal, alquileres…); y sería desde el 1 de enero al 31 de diciembre de este año. Pudiendo en 2021 volver al sistema de módulos.
Para acogernos a esta medida, tenemos que tener todas las facturas del primer trimestre, tanto de ingresos, como de compras y gastos. Lo normal es que con la actividad de enero, febrero y marzo, superemos el beneficio declarado en el módulo. Y, además, tenemos que confeccionar los libros, que es un coste añadido. Esto lo tendremos que saber antes del 10 de mayo, para poder optar, presentando nuevas declaraciones. TRIBUTARÍAMOS HASTA EL 31 DE DICIEMBRE, por los importes reales de nuestro beneficio. Con el descuento por los días de alarma, serán muy pocos los casos, en los que interese hacer el cambio.
Quedamos a su disposición, para cualquier consulta.