La Agencia Estatal de Administración Tributaria acaba de publicar las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020. El objetivo es la prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Estas contienen las principales líneas de actuación para prevenir y controlar el fraude fiscal, que giran en torno a cinco grandes pilares:
- Información y asistencia
Se pretende diseñar una estrategia de asistencia integral que consiga reducir las cargas administrativas a las que deben hacer frente los contribuyentes, favoreciendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias. Se va a priorizar el uso de las nuevas tecnologías para agilizar trámites.
- Fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude.
Se prevé una depuración del censo con respecto a las sociedades inactivas que han sido abandonadas por sus administradores y socios sin proceder a su extinción y disolución. Estas sociedades se utilizan a menudo para ocultar la verdadera titularidad de bienes y derechos, potenciando el fraude. Por ello se pretende:
– El cierre de la página del Registro Mercantil con posible revocación del NIF e imposición de sanción por incumplimiento reiterado de obligaciones fiscales.
– Control de riesgos cuando se da de alta como nuevo contribuyente una entidad controlada por sujetos con conductas tributarias reprochables en el pasado.
– Verificación censal.
- Investigación y comprobación del fraude tributario y aduanero
– Se verificará el cumplimiento de presentación de autoliquidaciones y declaraciones informativas. En el ámbito internacional, se consolidarán los sistemas de intercambio de información con la Unión Europea y la OCDE.
– Se trabajará en la prevención en materia de Aduanas e Impuestos Especiales: mejora de los mecanismos informáticos que permiten una mejor coordinación con otros servicios de inspección que actúan en las aduanas. Se anticipa el control con la elaboración de una pre-declaración aduanera que agilizará los trámites y reducirá costes.
– Se realizarán controles en los recintos aduaneros para garantizar la correcta liquidación de los tributos.
– Con respecto a los Impuestos Espaciales, se controlarán las existencias de productos en fábricas, depósitos fiscales y almacenes fiscales.
– En 2020 se insistirá en el empleo de cartas informativas individuales comunicando a los contribuyentes dados que presentan dudas a la Administración a partir de ciertos indicadores de riesgo.
– Se comprobarán los datos de los contribuyentes que hayan consignado reiteradamente en sus declaraciones bases imponibles negativas a compensar y deducciones pendientes de aplicar en el Impuesto sobre Sociedades.
– Se investigarán los cambios de domicilio.
– En 2020 se iniciará un sistema que permitirá el seguimiento informatizado de las actuaciones de Inspección para conocer las cantidades regularizadas y su relevancia cualitativa.
– La Agencia Tributaria redoblará sus esfuerzos en las líneas siguientes: implantación de Libros Registro estructurados de manera predefinida que permitan una gestión más sencilla de las obligaciones tributarias; lucha contra el uso de sistemas de procesamiento, sobre todo en cajas registradoras, que permitan la ocultación de ventas; atención específica a la actividad de las plataformas de Internet dedicadas a la venta de bienes o servicios.
– Se reforzará el control de las grandes corporaciones internacionales para detectar prácticas de erosión fiscal.
– Se evaluará el riesgo fiscal de las personas titulares de grandes patrimonios.
- Control del fraude en la fase recaudatoria
Se desarrollarán medidas de prevención y control del fraude fiscal:
– Evaluación del riesgo recaudatorio.
– Se realizará especial vigilancia patrimonial de los deudores para evitar el vaciamiento patrimonial.
– Adopción de derivaciones de responsabilidad.
– Adopción de medidas cautelares.
– Se potenciarán las visitas a los deudores, tanto en locales de negocio como en aquellos otros en los que se precise previa autorización judicial.
– Seguimiento de las insolvencias aparentes.
– Se pondrá en marcha un mecanismo de cooperación con otras Administraciones Públicas denominado Punto Neutro. Este mecanismo permitirá cruzar los pagos de las Administraciones Públicas con las diligencias de embargo.
– Control de la deuda pendiente en periodo ejecutivo y de deudas suspendidas.
– Control de las garantías ofrecidas para la suspensión de la deuda.
– Impulsar el sistema electrónico de subastas.
- Colaboración entra la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas
– Se fomentará la transmisión periódica a la Agencia Tributaria de información contenida en los tributos cedidos gestionados por las Comunidades.
– Se potenciará la remisión de información por parte de las Comunidades Autónomas sobre la constitución de rentas vitalicias, operaciones de disolución de sociedades y de reducción de capital y préstamos entre particulares.
– Se cruzará la información sobre la titularidad de bienes y derechos.
– Se revisarán las operaciones inmobiliarias.
Fuente: Agencia Tributaria